Jorge Aguirre Charvet

Blog para la reflexión sobre la actualidad, el periodismo y la comunicación Email: jaguirrech@gmail.com Quito - ECUADOR

4/04/2008

 

¿Es oportuno que Ecuador procese a Colombia ante la Corte Internacional de Justicia?

Con bombos y platillos el gobierno ecuatoriano anunció el procesamiento de Colombia ante la Corte Internacional de Justicia, no por la violación de nuestro territorio del 1 de marzo, sino por las aspersiones aéreas con químicos, en la frontera binacional, que habrían afectado a personas, cultivos, agua, medio ambiente de Ecuador.

Cuando uno se pelea con el patán del barrio debe asegurarse que el arma que está usando tiene suficientes municiones y sí dispara, porque de lo contrario, cuando la use, quedará en ridículo. El anuncio ecuatoriano contra Colombia debe ser procedente en las actuales circunstancias y no la antesala al ridículo internacional.

Carlos Salgar, profesor e investigador de la Universidad Externado de Colombia, sostiene en la revista Cambio que la Corte de La Haya no puede pronunciarse sobre la demanda de Ecuador contra Colombia, a la que califica de “apresurada y da los argumentos jurídicos respectivos. Los transcribo a continuación.

LA ESCALADA de la crisis colombo-ecuatoriana que se inició el 1 de marzo continúa ahora en los estrados judiciales de la Corte Internacional de Justicia de La Haya. La demanda anunciada el lunes por el gobierno ecuatoriano ha sido vista como una jugada hábil del presidente Correa de convertir un problema político en jurídico mientras sigue acumulando sentimientos nacionalistas para obtener réditos internos. Por otra parte, lo hace en un momento en que la política exterior colombiana pasa por su más profunda crisis.

El movimiento de Correa no fue, sin embargo, un hecho sorpresivo. Como lo dijo la misma Canciller ecuatoriana, desde mediados del año 2007 había trascendido en los ambientes académicos de los dos países que se estaba conformando un grupo de juristas ecuatorianos que estudiaría la demanda contra Colombia por el daño transfronterizo ocasionado por las aspersiones aéreas.

No obstante, a pesar de que las peticiones anunciadas por Ecuador se alejan del tema que originó la crisis, es claro que la demanda es una respuesta a las operaciones que produjeron la muerte de 'Raúl Reyes' en territorio ecuatoriano en la madrugada del sábado 1 de marzo.

Es tan cierta esta afirmación, que en las dos últimas reuniones de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores (diciembre de 2007 y marzo de 2008) el tema fue mencionado al menos de manera tangencial.
Pero para estas dos fechas, Ecuador no tenía herramientas para proceder contra Colombia. En efecto, la Corte Internacional de Justicia solo asume la competencia para conocer los casos cuando existen tres circunstancias: cuando las partes llegan de común acuerdo y solicitan su intervención, que no es el caso; cuando los dos países han aceptado la competencia previamente por declaraciones unilaterales, que tampoco es aplicable pues ninguna de las dos -ni Colombia ni Ecuador- tiene vigente tal instrumento.
Y, finalmente, por aplicación de un tratado que, como el Pacto de Bogotá, así lo disponga. Pero mientras Colombia era parte formal del Tratado, Ecuador, hasta el 1 de marzo pasado, no era parte.
Ecuador, a pesar de haber firmado el Pacto de Bogotá en 1948 (y dejó una reserva al artículo VI en ese momento), en realidad se tardó 60 años en ratificarlo y ser parte plena del mismo. Según la página web oficial de la OEA, ese país, por un instrumento fechado el lunes 3 de marzo de 2008 (el mismo día que rompió relaciones con Colombia) y que fue depositado el 7 del mismo mes en el Organismo regional, ratificó el Pacto de Bogotá.
Esta información oficial de la OEA, resulta al menos curiosa y contradictoria con una información aparecida el 15 de marzo en el diario El Universo de Guayaquil, en el cual se informa que "la ratificación del presidente Rafael Correa al Pacto de Bogotá se publicó ayer en el Registro Oficial". Es evidente que el presidente Correa hizo trabajar a marchas forzadas a la Asamblea (el Poder Legislativo) para que aprobara la ratificación del Tratado, y luego a la Cancillería para hacer el depósito.
Por supuesto, de esta apresurada aprobación se desprenderán muchos elementos para la defensa de Colombia. Basta con citar uno: el artículo LIII del mismo Pacto de Bogotá establece que: El presente Tratado entrará en vigencia entre las Altas Partes Contratantes en el orden en que depositen sus respectivas ratificaciones y que, coincidente con los tratadistas, implicaría que no podría Ecuador por este instrumento entablar demandas por hechos anteriores al 7 de marzo de 2008, fecha en la cual entró en vigencia, para ese país, el Pacto de Bogotá.

Esta acción apresurada de Ecuador sirve también como un llamado de urgencia al presidente Álvaro Uribe para que, de una vez por todas, le dé a la política exterior la dimensión profesional que necesita y se merece. Es hora de configurar una verdadera política exterior de Estado, que sea manejada con la herramienta de una diplomacia profesional, versada en la política y el Derecho Internacional.
No se pueden evadir los retos que nos están imponiendo las circunstancias en estos ámbitos. Es hora de cerrar esa odiosa brecha que ha impuesto entre el sector académico y el sector oficial, porque se tienen que construir consensos para enfrentar las amenazas que nos rodean.
Comentario: Correa es economista y la Canciller tiene amplios conocimientos en materia turística. ¿Habrá alguien en el gobierno ecuatoriano que entienda los argumentos del profesor Salgar? ¿No nos habremos equivocado en el procedimiento de la demanda? Es muy fácil hablar y hablar, pero cuando hay que actuar hay que pensar previamente, asesorarse debidamente, consultar jurisprudencia o, como se dijo, se provocará el ridículo.

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